Compliance y persona jurídica Cuestiones sustantivas y procesales en la lucha contra el crimen organizado
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Sprache:Spanisch
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Produktdetails
Format
Kopierschutz
Ja
Family Sharing
Ja
Text-to-Speech
Nein
Erscheinungsdatum
28.07.2025
Verlag
J.M BoschSeitenzahl
448 (Printausgabe)
Dateigröße
2671 KB
Sprache
Spanisch
EAN
9791387828196
Nuestro ordenamiento punitivo ha sido objeto, en los últimos años, de una constante revisión y actualización para dar respuesta a los retos que plantea la sociedad actual. En este marco y a raíz del auge de la criminalidad corporativa, se produjo una de las reformas de mayor notoriedad e impacto en nuestro Código Penal: el reconocimiento de la responsabilidad penal de las personas jurídicas (RPPJ), por la LO 5/2010, de 22 de junio, que, posteriormente, se vio complementada con la reforma operada por la LO 1/2015, de 30 de marzo, que introdujo, con el artículo 31 bis 5 CP, el modelo de Compliance como causa de exención de responsabilidad penal para aquellas personas jurídicas que hubieran adoptado un modelo de organización y de gestión de riesgos penales de manera eficaz, y lo prueben en sede judicial.
Resulta llamativo que la reforma del CP de 2010 no alude, en ningún apartado, al tratamiento procesal de la persona jurídica. Por otro lado, la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, o sentencias del Tribunal Supremo núm. 154/2016, de 29 de febrero, o 221/2016, de 16 de marzo, tan sólo sientan las primeras bases, y la regulación procesal, por medio de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, resultó a todas luces incompleta.
Ante esta problemática, se demandan respuestas en relación con las deficiencias técnicas y legislativas que se proyectan sobre el procedimiento penal de las personas jurídicas. Por consiguiente, se adquiere el compromiso de analizar el alcance que tienen los derechos procesales que se le reconocen a la persona jurídica en el proceso penal, y la interrelación que existe entre la persona jurídica, sus órganos de gestión, y los sujetos particulares que los integran, todo ello en relación al compliance, y a su función preventiva.
Resulta llamativo que la reforma del CP de 2010 no alude, en ningún apartado, al tratamiento procesal de la persona jurídica. Por otro lado, la Circular 1/2016 de la Fiscalía General del Estado, o sentencias del Tribunal Supremo núm. 154/2016, de 29 de febrero, o 221/2016, de 16 de marzo, tan sólo sientan las primeras bases, y la regulación procesal, por medio de la Ley 37/2011, de 10 de octubre, de medidas de agilización procesal, resultó a todas luces incompleta.
Ante esta problemática, se demandan respuestas en relación con las deficiencias técnicas y legislativas que se proyectan sobre el procedimiento penal de las personas jurídicas. Por consiguiente, se adquiere el compromiso de analizar el alcance que tienen los derechos procesales que se le reconocen a la persona jurídica en el proceso penal, y la interrelación que existe entre la persona jurídica, sus órganos de gestión, y los sujetos particulares que los integran, todo ello en relación al compliance, y a su función preventiva.
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